y??garden escribió: ↑Dom, 28 May 2023, 10:02Feijo tambien gaanaba todas las votaciones y los equipos tiraban para adelante lo cual no queria decir que en este foro muchos le ponian a parir a el y toda su juntaSAN ANTOLIN escribió: ↑Dom, 28 May 2023, 08:56 si ningún club de división de honor o division de honor b recurre la situación, digo yo,q será por algo. aquí a todo el mundo le interesa seguir adelante y se acabó ycuando digo esto lo digo en el buen sentido.
tal vez independiente o pozuelo recurren como puedan como perjudicados pero estoy seguro q están de acuerdo en las soluciones adoptadas
Sanción Alcobendas
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Re: Sanción Alcobendas
Re: Sanción Alcobendas
Y??pues eso,que cuando Feijo ganaba sus votaciones,los clubs no protestaban y todo seguía para adelante,por algo sería,lo cual no quiere decir Queen este foro no le pusieran a parir,y ahora es lo.mismo que los club sigan su marcha y no protesten no quiere decir que en este foro haya gente al que no le guste las decisiones que to.s está nueva directiva y me parece que cada vez son mas ,sin más,una opinion
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Re: Sanción Alcobendas
Enhorabuena a Alcobendas, supongo q es o estará cerca del récord de una final de ascenso 67-6??
Equipo invicto y con los de casa dando un paso al frente, ahora deberían cuidar a los jóvenes para el año q viene
Equipo invicto y con los de casa dando un paso al frente, ahora deberían cuidar a los jóvenes para el año q viene
Re: Sanción Alcobendas
Fast, te deseo mucha suerte, y que Pozuelo consiga el ascenso ganando en el campo, que es donde hay que hacerlo.
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Re: Sanción Alcobendas
Olímpico Pozuelo ya ha ascendido, no?
Tras ganar la eliminatoria contra Alcalá el pasado 27 de mayo.
¿Hay algún recurso planteado?
Tras ganar la eliminatoria contra Alcalá el pasado 27 de mayo.
¿Hay algún recurso planteado?
Re: Sanción Alcobendas
Juegan hoy con Independiente en la promoción
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Re: Sanción Alcobendas
Sí, cierto, jugaba Pozuelo Rugby Unión. Pero no para ascender, sino para mantenerse
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Re: Sanción Alcobendas
Has confundido Pozuelo Rugby Unión con Olímpico Pozuelo.
Castro soy y Castro he sido.
Pitorros del San Guillén. Orgullosos seguidores del Cormorán Rugby Club de Santander
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Re: Sanción Alcobendas
Te recordaremos posts como este, cuando te digan que en algunos pueblos del norte de Madrid no se practican mucho los valores del rugby.
Que soberbia, es alucinante...
Re: Sanción Alcobendas
Mucho mejor conseguir las victorias en el campo de rugby que no en el campo de las artes graficas como hicieron algunos indeseables.
Lo malo que como les salió gratis (o casi) todavía tienen la poca vergüenza y mucha jeta para sacar la cabeza bien alta reflejando claramente sus "valores"
Re: Sanción Alcobendas
Qué alguien me explique por favor qué tenemos que ver en Alcobendas con la meada fuera del tiesto de AlmenaraNortrugby escribió: ↑Dom, 04 Jun 2023, 19:53Mucho mejor conseguir las victorias en el campo de rugby que no en el campo de las artes graficas como hicieron algunos indeseables.
Lo malo que como les salió gratis (o casi) todavía tienen la poca vergüenza y mucha jeta para sacar la cabeza bien alta reflejando claramente sus "valores"
Re: Sanción Alcobendas
Re: Sanción Alcobendas
Corregido Alcasa (o lo intente), algunas palabras no eran las adecuadas, mis disculpas.
Re: Sanción Alcobendas
Se sigue viendo a Tiki por los campos de rugby. No entiendo como sigue pudiendo entrar a los campos.
Re: Sanción Alcobendas
Porque no se le prohibió entrar en las instalaciones deportivas.
Los clubs no pueden prohibir la entrada en las instalaciones, dado que no son suyas, sino de entidades públicas.
Re: Sanción Alcobendas
Ya no voy a insistir más en la ilegalidad manifiesta que supone redimir multas (la figura de la redención no está concebida ni puede aplicarse a sanciones económicas) ni en la doble ilegalidad que comporta hacerlo por la vía de hecho, sin cumplir los requisitos legales esenciales y prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, me voy a limitar a traer a este hilo dos circunstancias que algunos foreros han comentado en otros hilos y que tienen perfecta cabida aquí.
La primera. Alcobendas fue denunciado el 13 de junio por una alineación indebida que presuntamente tuvo lugar en las series de seven del 11 de junio. El 15 de junio el Comité de Disciplina decidió incoar procedimiento a Alcobendas por esta falta muy grave y otorgó a los interesados plazo de alegaciones hasta el 20 de junio. El Comité de Disciplina se ha reunido ya en dos ocasiones (22 de junio y 29 de junio) y no se conoce que el procedimiento incoado se haya resuelto. Sorprendente, ¿no? Sobre todo, teniendo en cuenta que, legalmente, cualquier sanción por falta grave o muy grave anula los beneficios de la redención. Quizás no se aprecie en este caso que se haya producido alineación indebida. O, quizás, aunque se reconozca haberse producido, no se califique la infracción como falta grave. Cualquier cosa es posible.
La segunda, se resume en este post que refleja el contenido de una información publicada en la web de la FER. https://twitter.com/Blog_APalos/status/ ... 2k0mQ&s=08. El primer partido de la selección femenina contra Japón se disputará en Las Terraza y, de esta forma, Alcobendas redimirá sus multas. No menos sorprendente ¿verdad? Con esta política disciplinaria, me pregunto quién va a pagar las multas que el Comité de Disciplina imponga en el futuro. Sugiero que los clubes que sean sancionados económicamente soliciten de inmediato la redención de la sanción a cambio de una invitación a unas cervecitas a la Junta Directiva o al Comité de Disciplina de la FER con ocasión de sus terceros tiempos. Así, de buen rollito.
La primera. Alcobendas fue denunciado el 13 de junio por una alineación indebida que presuntamente tuvo lugar en las series de seven del 11 de junio. El 15 de junio el Comité de Disciplina decidió incoar procedimiento a Alcobendas por esta falta muy grave y otorgó a los interesados plazo de alegaciones hasta el 20 de junio. El Comité de Disciplina se ha reunido ya en dos ocasiones (22 de junio y 29 de junio) y no se conoce que el procedimiento incoado se haya resuelto. Sorprendente, ¿no? Sobre todo, teniendo en cuenta que, legalmente, cualquier sanción por falta grave o muy grave anula los beneficios de la redención. Quizás no se aprecie en este caso que se haya producido alineación indebida. O, quizás, aunque se reconozca haberse producido, no se califique la infracción como falta grave. Cualquier cosa es posible.
La segunda, se resume en este post que refleja el contenido de una información publicada en la web de la FER. https://twitter.com/Blog_APalos/status/ ... 2k0mQ&s=08. El primer partido de la selección femenina contra Japón se disputará en Las Terraza y, de esta forma, Alcobendas redimirá sus multas. No menos sorprendente ¿verdad? Con esta política disciplinaria, me pregunto quién va a pagar las multas que el Comité de Disciplina imponga en el futuro. Sugiero que los clubes que sean sancionados económicamente soliciten de inmediato la redención de la sanción a cambio de una invitación a unas cervecitas a la Junta Directiva o al Comité de Disciplina de la FER con ocasión de sus terceros tiempos. Así, de buen rollito.
Re: Sanción Alcobendas
No hay mayor enemigo del rugby español que el rugby español. Es una pena. A escasas semanas de disputarse en Sevilla la Copa del Rey el año pasado, con Alcobendas clasificado, el TAD anuló la sanción impuesta por la FER bajo la directiva saliente, con lo cual estaba el ARU limpio de todo, dispuesto a jugar la liga 22-23 y la final de copa, mas en su caso supercopa del año siguiente etc. Ante eso la directiva entrante que podía haber mirado para otro lado porque aparentemente no era su problema, sino el de los anteriores, decidió que si era su problema porque era un problema de la FER e hizo lo necesario en tiempo record para que el TAD se pronunciara sobre el recurso del Gernika sin cerrar la apertura de nuevo expediente al ARU, y usando el procedimiento abreviado abrió nuevo expediente y lo cerró con sancion a tiempo para evitar la catastrofe reputacional para el rugby que hubiera supuesto que siguieran jugando como si no hubiera pasado nada. Se les descendió a DHB y se les impidió terminar las competiciones además de la muta economica. Pero las cosas estaban ya tan mal hechas (solo recordar que la FER habia declarado inocente de toda culpa a Gavin VDB entre otros muchos detalles ya olvidados por la concurrencia) que ante el riesgo real de que el TAD volviera a anular la sancion con consecuencias aun mas catastroficas para las competiciones y el buen nombre del rugby y auspiciados por no decir forzados por el CSD se llego a una solucion consistente en conseguir la firmeza de la resolucion a cambio de la redencion de la parte economica de la misma, que era, como todo, discutible (hay quien piensa que ese dinero estaba ya en la caja de la FER y se lo dieron a alcobendas en un saco). Pese a ese desastre de gestion por la directiva dimitida de todo lo que rodeo la expulsion de España del mundial, en que no fueron capaces siquiera de sancionar a Alcobendas (obvio porque tenian un pacto para no hacerlo) todavia tuvimos que leer un tuit del anterior vicepresidente diciendo que la nueva directiva "indultó" al ARU..... hace falta valor.
La redencion parece prevista para sanciones que implican suspender a un jugador o un club de jugar o participar en una competición durante un tiempo, y por eso, en su muy defectuosa regulación se preve que si durante el tiempo en que estas jugando "de prestado" vuelves a liarla, se acabó la redención. La multa no es una sancion diferida en el tiempo de modo que no le seria aplicable en mi opinion esa cosa de que si se vuelve a sancionar antes de que se haya terminado de redimir la sancion, se anula la redencion. Alguien dira que por esa misma razon la redencion no era aplicable a la multa pero la realidad es que no estaba expresamente prohibido y el CSD amparó lo actuado hasta el punto que se negocio en su sede con ellos delante.
En cuanto a lo ultimo, no conoces, o si lo sabes lo ocultas, que los eventos de rugby femenino son muy deficitarios, que la FER pierde una pasta que no tiene en casi cada partido femenino porque lamentablemente hay muy poca afluencia y menos patrocinios, mientras que a las jugadoras y staff se les pagan igual dietas y demas, y que el ARU pague esa fiesta dentro de un plan aprobado es un castigo. Ya habras visto la cantidad de clubes que se han quejado diciendo que lo querian organizar ellos....... El que quiera entender que entienda y el resto a lo suyo
La redencion parece prevista para sanciones que implican suspender a un jugador o un club de jugar o participar en una competición durante un tiempo, y por eso, en su muy defectuosa regulación se preve que si durante el tiempo en que estas jugando "de prestado" vuelves a liarla, se acabó la redención. La multa no es una sancion diferida en el tiempo de modo que no le seria aplicable en mi opinion esa cosa de que si se vuelve a sancionar antes de que se haya terminado de redimir la sancion, se anula la redencion. Alguien dira que por esa misma razon la redencion no era aplicable a la multa pero la realidad es que no estaba expresamente prohibido y el CSD amparó lo actuado hasta el punto que se negocio en su sede con ellos delante.
En cuanto a lo ultimo, no conoces, o si lo sabes lo ocultas, que los eventos de rugby femenino son muy deficitarios, que la FER pierde una pasta que no tiene en casi cada partido femenino porque lamentablemente hay muy poca afluencia y menos patrocinios, mientras que a las jugadoras y staff se les pagan igual dietas y demas, y que el ARU pague esa fiesta dentro de un plan aprobado es un castigo. Ya habras visto la cantidad de clubes que se han quejado diciendo que lo querian organizar ellos....... El que quiera entender que entienda y el resto a lo suyo
Re: Sanción Alcobendas
Es la propia FER la que en la noticia sobre los próximos partidos del equipo femenino incluye el enlace https://ferugby.es/la-federacion-espano ... -deportivoAlmenara escribió: ↑Dom, 02 Jul 2023, 12:51 La redencion parece prevista para sanciones que implican suspender a un jugador o un club de jugar o participar en una competición durante un tiempo, y por eso, en su muy defectuosa regulación se preve que si durante el tiempo en que estas jugando "de prestado" vuelves a liarla, se acabó la redención. La multa no es una sancion diferida en el tiempo de modo que no le seria aplicable en mi opinion esa cosa de que si se vuelve a sancionar antes de que se haya terminado de redimir la sancion, se anula la redencion. Alguien dira que por esa misma razon la redencion no era aplicable a la multa pero la realidad es que no estaba expresamente prohibido y el CSD amparó lo actuado hasta el punto que se negocio en su sede con ellos delante.
Y es en ese enlace en el que se indica que "de acuerdo con los arts. 80 a 84 del Reglamento de Partidos y Competiciones, la Junta Directiva aceptará la redención de la parte económica de la sanción, a cambio de la realización por el ARU de actuaciones de promoción del rugby que se establecerán por la Junta Directiva".
Si nos vamos a los artículos del RPC mencionados, en particular al artículo 83:
Artículo 83. Sanciones durante la redención
Cualquier tipo de sanción, grave o muy grave, durante el período de redención de pena, anulará los posibles beneficios que la actividad implique.
Finalmente si en ese mismo RPC nos remitimos al artículo 34:
Artículo 34. Alineación indebida
Además de las consecuencias previstas en el presente artículo, los responsables de la alineación indebida estarán sujetos a las sanciones previstas en este Reglamento, siendo esta considerada infracción muy grave.
Yo confío que el CNDD resolverá la reclamación sobre la nueva alineación indebida de Alcobendas en el sentido que crea procedente y con independencia, sin dejarse influir por los acuerdos alcanzados en su momento por la FER con dicho club, aunque eventualmente el Comité Nacional de Apelación o el TAD pudieran resolver de forma distinta.
Re: Sanción Alcobendas
Fantástico argumento.Almenara escribió: ↑Dom, 02 Jul 2023, 12:51 La redencion parece prevista para sanciones que implican suspender a un jugador o un club de jugar o participar en una competición durante un tiempo, y por eso, en su muy defectuosa regulación se preve que si durante el tiempo en que estas jugando "de prestado" vuelves a liarla, se acabó la redención. La multa no es una sancion diferida en el tiempo de modo que no le seria aplicable en mi opinion esa cosa de que si se vuelve a sancionar antes de que se haya terminado de redimir la sancion, se anula la redencion. Alguien dira que por esa misma razon la redencion no era aplicable a la multa pero la realidad es que no estaba expresamente prohibido y el CSD amparó lo actuado hasta el punto que se negocio en su sede con ellos delante.
Aunque la regulación de la redención solo "parece" prevista para las sanciones de duración temporal, la redención se puede aplicar a las multas porque nada ni nadie lo prohíbe expresamente.
Pero, la anulación de los beneficios por falta muy grave que se contempla en la regulación de la redención no se aplica a las multas porque esta previsión solo está prevista para sanciones de duración temporal y las multas no lo son.
Fantástico, de verdad; fantástico.