zaragoza escribió:
A un servidor ...la idea como punto de partida no me parece mala.
el rugby en estos lares ibéricos tiene que avanzar....y la profesionalización debe/tiene que producirse...por pura inercia del deporte de masas y el rugby lo es,más allá de los Pirineos.
En Portugal están avanzando, Italia se dio cuenta hace años, Alemania, Rusia...por poner ejemplos...se nos están empezando a comer o lo harán en los próximos años,Bélgica cada día más cerca.
hay que dar pasos, asentar proyectos o nos quedaremos regodeando en buenas intenciones...pero hay que darlos con seguridad, con pasos cortos y firmes.
Pero es una locura que en un mes pretendan que:
-Equipo directivo y de gestión, con el que contará la
franquicia. Describiendo puestos de dirección y equipo ejecutivo
que lo desarrollará.
- Estructura societaria. El aspirante deberá enunciar la
estructura societaria con la que contará la franquicia. Esta se
deberá ajustar a la vigente Ley del Deporte. En este apartado
como punto básico, el aspirante deberá exponer los socios
miembros de la estructura, ya sean personas físicas o jurídicas.
Especialmente si los socios de la franquicia son Clubes de Rugby
o Federaciones Territoriales o provinciales.
-Planes de ejecución. En el que aspirante explique las líneas
de acción que piensa desarrollar para el establecimiento y la
consolidación de su proyecto.
-Planes de comunicación y marketing. En el que el
aspirante explique como pretende comunicar la actividad y la
imagen de la franquicia y la Asociación en su territorio. Así
como las líneas de trabajo para la captación de recursos y la
promoción la franquicia y la Asociación en su zona de influencia.
Este plan de marketing se complementará con el plan de
promoción y marketing global que pondrá en marcha la
Asociación y que se explicará en el punto derechos del asociado,
del presente documento.
-Plan financiero. En el que el aspirante, enuncie cuales son los
recursos económicos con los que cuenta. Así como pretende
conseguir las vías de financiación necesarias para alcanzar la
viabilidad de su proyecto.
Plan deportivo.-
En el que el aspirante enuncie las líneas de trabajo que se
desarrollará en la franquicia y que deberá atender y recoger los
siguientes puntos básicos:
-Entrenadores. Será imprescindible que el primer entrenador
de la franquicia, sea poseedor del nivel 3 otorgado por la
Federación Española de Rugby.
-Jugadores SUB23. Todas las plantillas de las franquicias
deberán tener al menos cinco jugadores con menos de 23 años
al inicio de cada temporada.
-Relación Clubes. Todos los aspirantes deberán acreditar su
relación con al menos tres clubes de rugby afiliados a la
Federación española de rugby, en cualquiera de sus categorías.
Esta relación puede ser directa, si el aspirante presenta su
candidatura como una asociación de clubes o mediante
convenios de colaboración, en tal caso el aspirante deberá
adjuntar en su candidatura, un documento de intenciones
firmado por el club en cuestión.
En este sentido la asociación ha fijado un mínimo que todas las
franquicias deben estar dispuestas a cumplir más allá de que
cada una de ellas, tenga la independencia para alcanzar los
acuerdos bilaterales que considere oportunos.
-Jugadores mayores de 23 años, todas las franquicias
deberán compensar con un mínimo de 1.000 euros por
temporada, al club de origen de cualquier jugador de más de 23
años que componga su plantilla. Esta cantidad debe ser
satisfecha cada una de las tres primeras temporadas que el
jugador permanezca en la plantilla. Sí durante los tres primeros
años el jugador fuera traspasado a otra franquicia o club de
cualquier nacionalidad, la franquicia estaría obligada al pago del
diez por ciento de las cantidades recibidas al club de origen del
jugador. Ningún traspaso será válido sin el visto bueno de la
Asociación Ibérica de Rugby y de la Federación Española de
Rugby.
-Jugadores de menos de 23 años, todas las franquicias
deberán compensar con un mínimo de 1.200 euros por
temporada, al club de origen de cualquier jugador de menos de
23 años que componga su plantilla y que proceda de un club
adscrito a la Federación Territorial dónde esté asentada la
franquicia. Esta cantidad debe ser satisfecha cada una de las
tres primeras temporadas que el jugador permanezca en la
plantilla. Sí durante los tres primeros años el jugador fuera
traspasado a otra franquicia o club de cualquier nacionalidad, la
franquicia estaría obligada al pago del diez por ciento de las
cantidades recibidas al club de origen del jugador. Ningún
traspaso será válido sin el visto bueno de la Asociación Ibérica
de Rugby y de la Federación Española de Rugby. Así mismo la
cantidad se fijará en 1.500 Euros por jugador y temporada, en
caso del que club de origen este adscrito a cualquier otra
territorial.