Sanciones

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OMAR
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Re: Sanciones

Mensaje por OMAR »

JULIAN escribió: Dom, 24 May 2026, 17:37
OMAR escribió: Dom, 24 May 2026, 17:05 Julian la mayoría de deportistas profesionales declinan esa prestación.
Pues igual este es el mismo caso, mejor no lanzar la piedra y pensar bien desde un principio, porque como cualquier otro profesional, la diferencia está en quién paga su nómina. Si como parece no ha pedido esa baja, o solo la ha usado unos pocos días, que es su derecho no su obligación.

El club le seguiría pagando con normalidad.
Desconozco el caso y no puedo hablar. Tal vez sea amateur.
Pero la ley dice lo siguiente durante las primeras 6 semanas:

Si te refieres a una baja por nacimiento/maternidad o paternidad, las primeras 6 semanas posteriores al parto son de carácter obligatorio e ininterrumpido para ambos progenitores. Durante este periodo, es ilegal trabajar y la Seguridad Social sancionará tanto al trabajador como a la empresa.
Pateador
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Re: Sanciones

Mensaje por Pateador »

He oído por algún lado algo de una denuncia del Ciencias y el Barça al Burgos relacionada con el número de licencias sub18, que debe de tener algún mínimo para poder jugar en DH y DHElite ¿Alguien sabe algo? Porque por medios oficiales no lo he podido encontrar
Basurde
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Re: Sanciones

Mensaje por Basurde »

.... como era el refrán ese de la paja en el ojo ajeno????
Almenara
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Re: Sanciones

Mensaje por Almenara »

OMAR escribió: Dom, 24 May 2026, 17:41
JULIAN escribió: Dom, 24 May 2026, 17:37
OMAR escribió: Dom, 24 May 2026, 17:05 Julian la mayoría de deportistas profesionales declinan esa prestación.
Pues igual este es el mismo caso, mejor no lanzar la piedra y pensar bien desde un principio, porque como cualquier otro profesional, la diferencia está en quién paga su nómina. Si como parece no ha pedido esa baja, o solo la ha usado unos pocos días, que es su derecho no su obligación.

El club le seguiría pagando con normalidad.
Desconozco el caso y no puedo hablar. Tal vez sea amateur.
Pero la ley dice lo siguiente durante las primeras 6 semanas:

Si te refieres a una baja por nacimiento/maternidad o paternidad, las primeras 6 semanas posteriores al parto son de carácter obligatorio e ininterrumpido para ambos progenitores. Durante este periodo, es ilegal trabajar y la Seguridad Social sancionará tanto al trabajador como a la empresa.
……Salvo que haya renunciado a dicho permiso, en cuyo caso sí que puede jugar. Y dando por supuesto que esté dado de alta con el correspondiente contrato, que seguro que lo está.
En todo caso, con ha dicho ya algun forero, estaríamos ante una infracción de la seguridad social, no deportiva.
Con lo que ha pasado Burgos esta semana, creo que habrá sido muy cauteloso con esta cuestión.
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Re: Sanciones

Mensaje por OMAR »

Almenara escribió: Dom, 24 May 2026, 18:56
OMAR escribió: Dom, 24 May 2026, 17:41
JULIAN escribió: Dom, 24 May 2026, 17:37

Pues igual este es el mismo caso, mejor no lanzar la piedra y pensar bien desde un principio, porque como cualquier otro profesional, la diferencia está en quién paga su nómina. Si como parece no ha pedido esa baja, o solo la ha usado unos pocos días, que es su derecho no su obligación.

El club le seguiría pagando con normalidad.
Desconozco el caso y no puedo hablar. Tal vez sea amateur.
Pero la ley dice lo siguiente durante las primeras 6 semanas:

Si te refieres a una baja por nacimiento/maternidad o paternidad, las primeras 6 semanas posteriores al parto son de carácter obligatorio e ininterrumpido para ambos progenitores. Durante este periodo, es ilegal trabajar y la Seguridad Social sancionará tanto al trabajador como a la empresa.
……Salvo que haya renunciado a dicho permiso, en cuyo caso sí que puede jugar. Y dando por supuesto que esté dado de alta con el correspondiente contrato, que seguro que lo está.
En todo caso, con ha dicho ya algun forero, estaríamos ante una infracción de la seguridad social, no deportiva.
Con lo que ha pasado Burgos esta semana, creo que habrá sido muy cauteloso con esta cuestión.
A eso voy. No conozco el caso. Quizás haya prescindido de dicha presentación, igual es amateur o esta en la 8 semana de paternidad.
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Re: Sanciones

Mensaje por OMAR »

Almenara escribió: Dom, 24 May 2026, 18:56
OMAR escribió: Dom, 24 May 2026, 17:41
JULIAN escribió: Dom, 24 May 2026, 17:37

Pues igual este es el mismo caso, mejor no lanzar la piedra y pensar bien desde un principio, porque como cualquier otro profesional, la diferencia está en quién paga su nómina. Si como parece no ha pedido esa baja, o solo la ha usado unos pocos días, que es su derecho no su obligación.

El club le seguiría pagando con normalidad.
Desconozco el caso y no puedo hablar. Tal vez sea amateur.
Pero la ley dice lo siguiente durante las primeras 6 semanas:

Si te refieres a una baja por nacimiento/maternidad o paternidad, las primeras 6 semanas posteriores al parto son de carácter obligatorio e ininterrumpido para ambos progenitores. Durante este periodo, es ilegal trabajar y la Seguridad Social sancionará tanto al trabajador como a la empresa.
……Salvo que haya renunciado a dicho permiso, en cuyo caso sí que puede jugar. Y dando por supuesto que esté dado de alta con el correspondiente contrato, que seguro que lo está.
En todo caso, con ha dicho ya algun forero, estaríamos ante una infracción de la seguridad social, no deportiva.
Con lo que ha pasado Burgos esta semana, creo que habrá sido muy cauteloso con esta cuestión.
A eso voy. No conozco el caso. Quizás haya prescindido de dicha presentación, igual es amateur o esta en la 8 semana de paternidad.
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Re: Sanciones

Mensaje por OMAR »

Pateador escribió: Dom, 24 May 2026, 18:15 He oído por algún lado algo de una denuncia del Ciencias y el Barça al Burgos relacionada con el número de licencias sub18, que debe de tener algún mínimo para poder jugar en DH y DHElite ¿Alguien sabe algo? Porque por medios oficiales no lo he podido encontrar
A mi me llego el viernes (lo puse aquí) que había varios equipos mirando algo conjunto. Pero pensaba que era por la alineación indebida.
tiramisu
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Re: Sanciones

Mensaje por tiramisu »

Creo que están investigando un partido de sub23.
Que un equipo empezó con 13 jugadores y tras la salida inicial se lesionaron 4 . 2 de ellos sin haber pasado ni cerca de ningún rival .
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Re: Sanciones

Mensaje por Siempremele »

tiramisu escribió: Dom, 24 May 2026, 21:20 Creo que están investigando un partido de sub23.
Que un equipo empezó con 13 jugadores y tras la salida inicial se lesionaron 4 . 2 de ellos sin haber pasado ni cerca de ningún rival .
De q equipo?
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Re: Sanciones

Mensaje por harpo »

Siempremele escribió: Dom, 24 May 2026, 16:41 Q manera de meter mierda muchachos, una vergüenza....
Esto ya se está volviendo insoportable..
Hasta las narices de tanto mamoneo..
«A Dios pongo por testigo de que jamás volveré a pasar por despachos».
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Re: Sanciones

Mensaje por Vencejo »

El no presentarse a un partido, el no cerrar alineaciones e ir con alineaciones indebidas debe ser revisado, sobre todo en categorías inferiores. Algún equipo de los que ha jugado hoy podría comentarnos algo.
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Re: Sanciones

Mensaje por Sofáman »

El problema en categorías inferiores es el de siempre. Que es jurisdicción de las territoriales. Y siempre pueden tener puntos de vista muy creativos a la hora de valorar lo que es una incomparecencia. Poco margen de maniobra tiene la RFER si la territorial de turno le dice que todo está en orden. Y obviamente ésta siempre va a favorecer a los suyos.
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Re: Sanciones

Mensaje por Vencejo »

La RFER puede sancionar a las territoriales?
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Re: Sanciones

Mensaje por Stand1 »

Vencejo escribió: Lun, 25 May 2026, 00:11 El no presentarse a un partido, el no cerrar alineaciones e ir con alineaciones indebidas debe ser revisado, sobre todo en categorías inferiores. Algún equipo de los que ha jugado hoy podría comentarnos algo.
Dejar en el aire, algún equipo que ha jugado hoy, sin decir quién, es un poco cobarde......tira pa pueda y esconde la mano
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Re: Sanciones

Mensaje por Siempremele »

Stand1 escribió: Lun, 25 May 2026, 06:38
Vencejo escribió: Lun, 25 May 2026, 00:11 El no presentarse a un partido, el no cerrar alineaciones e ir con alineaciones indebidas debe ser revisado, sobre todo en categorías inferiores. Algún equipo de los que ha jugado hoy podría comentarnos algo.
Dejar en el aire, algún equipo que ha jugado hoy, sin decir quién, es un poco cobarde......tira pa pueda y esconde la mano
Buen resúmen de lo que está pasando en el foro, guerra de trincheras en el mismo bando... Hablar de cobardía y de tirar la piedra y esconder la mano haciendo justamente eso.
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Re: Sanciones

Mensaje por Vencejo »

Stand1 escribió: Lun, 25 May 2026, 06:38
Vencejo escribió: Lun, 25 May 2026, 00:11 El no presentarse a un partido, el no cerrar alineaciones e ir con alineaciones indebidas debe ser revisado, sobre todo en categorías inferiores. Algún equipo de los que ha jugado hoy podría comentarnos algo.
Dejar en el aire, algún equipo que ha jugado hoy, sin decir quién, es un poco cobarde......tira pa pueda y esconde la mano
No es de corbarde, es de trabajador. Tu puedes entrar a la federación de Madrid. Ir a competiciones y buscar qué equipo ha tenido una incomparecencia (en la parte final del campeonato) en uno de sus equipos. Luego vas a las actas de sus siguientes partidos (en los dos equipos que tenía en la misma fase) y analizas las alineaciones comparando los de un equipo y los de otro. EN ese punto verás que hay varios jugadores que están en uno y otro. Te lees la normativa de la Fed. y me dices. Lo que tú me planteas es de vagos.
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Re: Sanciones

Mensaje por Ordenador »

El árbitro de la final de División de Honor de rugby denunció que: “Al comienzo de la segunda parte se encendieron bengalas y botes de humo en los sectores de la afición de Burgos y también en el del VRAC.”

El Comité de Disciplina sancionó con cuatro encuentros al Delegado del VRAC (club organizador) y al Delegado de Burgos.

El VRAC recurrió la sanción ante el Comité de Apelación. Este organismo, después de analizar la videograbación del partido, concluyó que:
“Los jugadores de ambos clubes fueron recibidos a su salida al terreno de juego, tanto en la primera como en la segunda parte, con bengalas y botes de humo activados por las respectivas aficiones.”

El CNAP, no obstante, ha estimado el recurso del VRAC, afirmando que: “La conducta cesó espontáneamente tras el simple recordatorio por megafonía de la prohibición por parte del Club Organizador; luego, no existe infracción de los deberes del Delegado de Club Organizador.”

"Esto" es lo que tenemos en la FER, que es incapaz de ver que el comportamiento de los aficionados en la segunda mitad (denunciado) fue una continuación de lo ocurrido en la primera y que ello debería sancionarse en línea con el criterio del Comité de Disciplina, que ya ha sancionado esta temporada la reincidencia de insultos no contenidos.

Por cierto, ni una resolución del CNAP sin un comentario de barra de bar contra alguien (esta vez contra un deporte). Dice el CNAP: “Gracias a la tradición y a la colaboración de todos los participantes, sigue reinando un clima de respeto, tolerancia, convivencia e integración que cuenta, además, con la vigilancia de todos los estamentos de la RFER en defensa de lo que denominamos los ‘Valores del Rugby’. Unos valores que no solo conforman la esencia de este deporte, diferenciándolo del resto, sino que hacen que esta Ley 19/2007 no tenga una aplicación práctica en los campos de rugby —solo hay que ver el Art. 4—, sin perjuicio de que toda la RFER, esto es, las federaciones asociadas, los clubes, los socios, los aficionados y cuantas personas integramos el Rugby en España, tengamos que seguir atentos para evitar que el rugby se futbolice.”
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Re: Sanciones

Mensaje por alcasa »

Pregunto: ¿Cuál es el peligro de los botes de humo? ¿Están prohibidos?
Porque yo los he visto en varios campos y no recuerdo sanción al respecto
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Re: Sanciones

Mensaje por Ordenador »

alcasa escribió: Mié, 15 Jul 2026, 20:57 Pregunto: ¿Cuál es el peligro de los botes de humo? ¿Están prohibidos?
Porque yo los he visto en varios campos y no recuerdo sanción al respecto
Según el CNAP: "El CNDD concluye que, en conexión con la Ley 19/2007, los DC deben responsabilizarse de garantizar el orden del público lo que incluye evitar la introducción de bengalas o productos similares en los terrenos de juego que puedan afectar a la seguridad de los espectadores y jugadores y al propio desarrollo del juego y, en todo caso, su activación o lanzamiento".

Las Resoluciones CNDD de 30.10.2025 (Punto 13), CNDD de 12.03.2026 (Punto 9) y CNDD de 21.05.2026 (Punto 1), acabaron en condena porque, en casi todas (no en todas), no hubo alegaciones

Me llamó la atención, en la resolución, que un vocal del CNAP se abstuviera "por su cercanía al VRAC" para garantizar la independencia e imparcialidad del CNA y la transparencia del procedimiento, "a pesar de no tener, en el asunto analizado, ni amistad íntima ni enemistad manifiesta con nadie, ni interés directo o indirecto en el caso".

Ese mismo vocal se abstuvo este año en otra ocasión respecto a un recurso que afectaba a un jugador del VRAC y me parece bien. Lo que planteo es si, una vez declarada y publicada su cercanía al VRAC, es razonable (o no) pensar que debería apartarse cuando los asuntos que analice el CNAP afecten, por ejemplo, a un Club con el que, históricamente, existe una rivalidad notoria, como es EL SALVADOR. Simplemente es una duda y desconozco lo que piensa la persona que se ha abstenido respecto a EL SALVADOR.
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Re: Sanciones

Mensaje por txiripot »

Ordenador escribió: Jue, 16 Jul 2026, 10:46
alcasa escribió: Mié, 15 Jul 2026, 20:57 Pregunto: ¿Cuál es el peligro de los botes de humo? ¿Están prohibidos?
Porque yo los he visto en varios campos y no recuerdo sanción al respecto
Según el CNAP: "El CNDD concluye que, en conexión con la Ley 19/2007, los DC deben responsabilizarse de garantizar el orden del público lo que incluye evitar la introducción de bengalas o productos similares en los terrenos de juego que puedan afectar a la seguridad de los espectadores y jugadores y al propio desarrollo del juego y, en todo caso, su activación o lanzamiento".

Las Resoluciones CNDD de 30.10.2025 (Punto 13), CNDD de 12.03.2026 (Punto 9) y CNDD de 21.05.2026 (Punto 1), acabaron en condena porque, en casi todas (no en todas), no hubo alegaciones

Me llamó la atención, en la resolución, que un vocal del CNAP se abstuviera "por su cercanía al VRAC" para garantizar la independencia e imparcialidad del CNA y la transparencia del procedimiento, "a pesar de no tener, en el asunto analizado, ni amistad íntima ni enemistad manifiesta con nadie, ni interés directo o indirecto en el caso".

Ese mismo vocal se abstuvo este año en otra ocasión respecto a un recurso que afectaba a un jugador del VRAC y me parece bien. Lo que planteo es si, una vez declarada y publicada su cercanía al VRAC, es razonable (o no) pensar que debería apartarse cuando los asuntos que analice el CNAP afecten, por ejemplo, a un Club con el que, históricamente, existe una rivalidad notoria, como es EL SALVADOR. Simplemente es una duda y desconozco lo que piensa la persona que se ha abstenido respecto a EL SALVADOR.
Una duda. ¿DC significa delegado de campo?
Lo pregunto porque han estado sancionando a los delegados de equipo, tanto locales como visitantes, lo que me parece un auténtico despropósito.
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Re: Sanciones

Mensaje por Ordenador »

Sancionaron a los Delegados de Club (DC) del VRAC (organizador y de BURGOS (visitante), y ahora los han absuelto porque, según el CNAP:

En este caso concreto, el VRAC como Club Organizador, como indica el colegiado, reaccionó oportunamente “a través de la megafonía del campo, se indicó a los espectadores que estaba prohibido el uso de ese tipo de material y se instó al cese de dicha actividad”. Y lo consiguió. El DC del VRAC no tuvo que hacer nada más y no se produjo quiebra ni de la normalidad, ni la seguridad ni del orden público del evento. En este contexto probado, la conducta del DC del VRAC no puede tener reproche disciplinario al no superar el juicio de culpabilidad. En este caso concreto, no basta la consignación de un hecho en el Acta del partido para apreciar automáticamente la comisión de una infracción y menos cuando no existe lesión del bien jurídico protegido por la norma. La conducta cesó espontáneamente tras el simple recordatorio por megafonía de la prohibición por parte del Club Organizador, luego no existe infracción de los deberes del DC Organizador. 3. En este caso concreto, tampoco existe la motivación proporcional a la gravedad de la infracción que determine el incumplimiento de los deberes del DC Organizador, encontrándonos más bien con un reproche objetivado que rechaza el propio CNDD.

Respecto a Burgos: Porque, en este caso concreto, el DC del Club Visitante no tuvo que actuar, ni tampoco fue requerido para ello, al tratarse de una situación puntual de activación de bengalas-botes de humo –que no de lanzamiento– que, además de no comprometer ni la normalidad ni la seguridad ni el orden público del evento, cesó tras el oportuno aviso por la megafonía del estadio. En este contexto probado, la conducta omisiva del DC Visitante aquí analizada, no puede tener reproche alguno en sede disciplinaria al no superar el juicio de culpabilidad. Porque la consignación de un suceso en el Acta no puede conducir automáticamente a una sanción. Aquí no existe atentado contra el bien jurídico protegido por la norma y la conducta cesó espontáneamente tras el simple recordatorio por megafonía de la prohibición por parte del Club Organizador, luego no existe infracción de sus deberes. Porque, en cualquier caso, para imputar una sanción grave a una persona se necesita una motivación proporcional que no encontramos en la resolución del CNDD aquí impugnada, encontrándonos más bien con un reproche objetivado que además utiliza una ley estatal que no está pensada, ni tiene aplicación práctica, en los campos de rugby.
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Re: Sanciones

Mensaje por Triskel »

Sanción al Barça femenino por no tener segundo equipo durante la temporada.
Aunque pendiente de apelación, la sanción conlleva no sólo el no ascenso a DHA, sino el descenso a regional.
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Re: Sanciones

Mensaje por Lurra »

Triskel escribió: Sab, 18 Jul 2026, 18:03 Sanción al Barça femenino por no tener segundo equipo durante la temporada.
Aunque pendiente de apelación, la sanción conlleva no sólo el no ascenso a DHA, sino el descenso a regional.
Desde el desconocimiento pero...en toda la temporada la federación no se ha enterado de eso? Han tenido que denunciar uno o dos equipos para que actúen?? Eso es cierto?
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Re: Sanciones

Mensaje por Sofáman »

Es la misma película de siempre con los filiales, S18 y S16. La RFER no tiene potestad real de controlarlos activamente al competir en categorías fuera de su ámbito.

Esto sólo se acabaría si el requisito, en lugar o además de participar en sus territoriales, fuera inscribir esos equipos en competiciones nacionales.
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Tonga_rugby
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Re: Sanciones

Mensaje por Tonga_rugby »

Las chicas no están para ir perdiendo fichas. Creo que se debe dar una vuelta a los requisitos de esto y aquello para favorecer la competición y aspiraciones de las jugadoras. Esto no quiere decir que si hay una norma no deba cumplirse, simplemente que el rugby femenino presenta un momento conplicado y necesita un punto de inflexión positivo.
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