alcasa escribió: ↑Mié, 15 Jul 2026, 20:57
Pregunto: ¿Cuál es el peligro de los botes de humo? ¿Están prohibidos?
Porque yo los he visto en varios campos y no recuerdo sanción al respecto
Según el CNAP: "El CNDD concluye que, en conexión con la Ley 19/2007, los DC deben responsabilizarse de garantizar el orden del público lo que incluye evitar la introducción de bengalas o productos similares en los terrenos de juego que puedan afectar a la seguridad de los espectadores y jugadores y al propio desarrollo del juego y, en todo caso, su activación o lanzamiento".
Las Resoluciones CNDD de 30.10.2025 (Punto 13), CNDD de 12.03.2026 (Punto 9) y CNDD de 21.05.2026 (Punto 1), acabaron en condena porque, en casi todas (no en todas), no hubo alegaciones
Me llamó la atención, en la resolución, que un vocal del CNAP se abstuviera "por su cercanía al VRAC" para garantizar la independencia e imparcialidad del CNA y la transparencia del procedimiento, "a pesar de no tener, en el asunto analizado, ni amistad íntima ni enemistad manifiesta con nadie, ni interés directo o indirecto en el caso".
Ese mismo vocal se abstuvo este año en otra ocasión respecto a un recurso que afectaba a un jugador del VRAC y me parece bien. Lo que planteo es si, una vez declarada y publicada su cercanía al VRAC, es razonable (o no) pensar que debería apartarse cuando los asuntos que analice el CNAP afecten, por ejemplo, a un Club con el que, históricamente, existe una rivalidad notoria, como es EL SALVADOR. Simplemente es una duda y desconozco lo que piensa la persona que se ha abstenido respecto a EL SALVADOR.