Ha salido porque siguen siempre a Burgos por tener a varios jugadores de la zona. De hecho entrevistan regularmente a Feta
Sanciones
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jubiladodelrugby
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Re: Sanciones
Semifinal entre dos equipos que no cumplen con las normas pero son indultados o amnistiados.
Se reinterpreta la norma, hablando del espíritu o en el otro caso, argumentando el peso de la cantera…
Lo nunca visto en el deporte de élite. Que claramente no somos en este país.
La normativa es la que es, no es para reinterpretar. Y el que se equivoca, a apechugar.
La próxima vez que llegue una sanción a mi club por un jugador sancionado, voy a argumentar que no me funciona el ordenador o no me envían las notificaciones en braile así me paso por el forro la normativa. Y si así y todo, me sancionan, voy a pedir el indulto porque tengo cantera.
Y queremos organizar un mundial….
Mas de lo mismo esta FER. Más Rugby por Favor!
Se reinterpreta la norma, hablando del espíritu o en el otro caso, argumentando el peso de la cantera…
Lo nunca visto en el deporte de élite. Que claramente no somos en este país.
La normativa es la que es, no es para reinterpretar. Y el que se equivoca, a apechugar.
La próxima vez que llegue una sanción a mi club por un jugador sancionado, voy a argumentar que no me funciona el ordenador o no me envían las notificaciones en braile así me paso por el forro la normativa. Y si así y todo, me sancionan, voy a pedir el indulto porque tengo cantera.
Y queremos organizar un mundial….
Mas de lo mismo esta FER. Más Rugby por Favor!
Re: Sanciones
Tampoco es necesario rasgarse las vestiduras, eh. Se puede discrepar sin ponernos tremendistas. A Aparejadores nadie le ha indultado. Han seguido los cauces establecidos hasta dar con un "juez" que les ha dado la razón.
Que el CNDD y el CNA discrepen es hasta sano y demuestra que no están controlados/atados en corto por la RFER. Será más caótico, pero también más justo. Si no, ¿para qué apelar?
Discrepancias como ésta o la de los equipo B en femenino ocurren en todos los países. Ahí tenemos a Stade Toulousain en un lío de tope salarial o equipos que en Pro D2 reciben deducciones de puntos que desaparecen tras apelar. Y hablamos de las ligas más profesionales del mundo.
Que el CNDD y el CNA discrepen es hasta sano y demuestra que no están controlados/atados en corto por la RFER. Será más caótico, pero también más justo. Si no, ¿para qué apelar?
Discrepancias como ésta o la de los equipo B en femenino ocurren en todos los países. Ahí tenemos a Stade Toulousain en un lío de tope salarial o equipos que en Pro D2 reciben deducciones de puntos que desaparecen tras apelar. Y hablamos de las ligas más profesionales del mundo.
Re: Sanciones
Tratare de contestar punto por punto.Ordenador escribió: ↑Vie, 22 May 2026, 11:00 Ardiles,
¿Puedes responder a estas preguntas de forma clara y directa?
1. Sobre el correo:
¿Dijo el presidente del Burgos exactamente esto en un medio de comunicación: “Ese correo se remitió el día 20 y nosotros no reparamos en él”?
2. Sobre la norma:
Cuando la normativa dice que la inscripción se suspende y que el jugador “no podrá jugar como perteneciente a esa categoría” hasta presentar la documentación:
¿Significa que no puede jugar en ninguna categoría?
¿O significa solo que no puede jugar en la categoría anterior (en este caso, la A)?
3. Sobre el sistema ISQUAD:
El CNAP afirma que, como el sistema permitió al jugador jugar, entonces “no estaba suspendido”:
¿El sistema le permitió jugar como categoría C o como categoría A?
Si jugó como C, ¿estaba suspendido como A, de forma coherente con los correos previos que menciona el CNDD, donde se le informaba de esa suspensión según la normativa?
4. Sobre la interpretación de la norma:
El CNAP dice que la norma no aclara si el defecto de documentación se puede subsanar posteriormente.
Pero la norma dice literalmente que “no podrá jugar como perteneciente a esa categoría” hasta que la documentación sea presentada y acreditada.
Entonces:
¿La norma permite jugar antes de acreditar la categoría?
¿O prohíbe jugar como A hasta que esté correctamente acreditado, aunque luego se demuestre que sí era A?
Gracias
1. No se si lo dijo porque no he oído la entrevista, pero es perfectamente acorde con las resoluciones. En ningún punto dice que Burgos haya dicho que no le llegaron, sino que no tuvo constancia de ellas (no las leyeron), así lo dice el propio Burgos en sus alegaciones: "Falta de conocimiento efectivo por el Club. El Club no tuvo conocimiento efectivo, en tiempo y forma, de los correos electrónicos remitidos por la RFER los días 20 y 24 de abril de 2026"
2. Efectivamente, si a un jugador le suspenden la licencia (cosa que no ocurrió) el jugador no puede jugar en ninguna categoría. Así lo dice claramente el CNA en su resolución "Así que el jugador o tiene suspendida su inscripción y no puede jugar –que es lo que dice la norma– o, si juega, el club estará y pasará por las consecuencias que acarreé no poder justificar la categoría con la que ha jugado" y en otro punto Cuando se suspende la licencia de un jugador, éste no puede aparecer en el iSquad y menos con una categoría que la RFER sabe que no le corresponde. Si la RFER hubiese suspendido la licencia tal y como refleja su propia normativa nada de esto hubiera ocurrido.
En este caso no se suspendió la licencia por parte de la RFER porque el jugador pudo inscribirse en el acta y porque no hubo comunicación fehaciente al club (en caso de una suspensión no vale un email y menos al mismo correo donde no has obtenido respuesta del requerimiento. Concepto básico de derecho), es como que te quitan el carnet de conducir o te los suspenden sin puntos con un email.
3. El sistema le permitió jugar, por lo que la licencia estaba dada de alta. Y su licencia es A desde su inscripción. La plataforma funcionó mal y le asigno una categoría que no le corresponde y que nunca le podrá corresponder. Lo deja claro el CNA también "Este CNA no está para juzgar el mejor o peor funcionamiento del iSquad. No obstante, los pantallazos y los WhatsApp ponen de manifiesto que su actual configuración no ayuda a Clubes y Federaciones a cumplir con sus obligaciones formales. No se puede confundir una obligación formal con la sustantividad del injusto que reclama la alineación indebida"
No no estaba suspendido de forma coherente porque el sistema le dejo inscribirse y porque la RFER no comunicó de manera correcta la suspensión (además de no aplicarla en su sistema). El paso de A a C no esta recogido en la normativa, es una interpretación que no tiene consistencia legal, así lo dice el CNA "No dice nada acerca de dejarlo jugar con otra categoría ni tampoco acerca de si ese defecto formal temporal quedaría subsanado con la posterior acreditación de su auténtica categoría"
4. Si, la norma permite jugar si se tiene la licencia dada de alta y se cumplen los requisitos materiales de la categoría en la que te inscribes, así lo dice también el CNA "Así que el jugador o tiene suspendida su inscripción y no puede jugar –que es lo que dice la norma– o, si juega, el club estará y pasará por las consecuencias que acarreé no poder justificar la categoría con la que ha jugado" En este caso Ordizia debería probar que el jugador no cumple con los requisitos materiales como hizo Rumania con España.
No, el jugador puede jugar como A mientras tenga licencia como A en su inscripción (esto es un requerimiento de comprobación) y cumpla los requisitos materiales de serlo. De hecho el propio CNA aclara porque si que es subsanable "Esa validación fuera de plazo nos habla de que estamos ante un requisito subsanable" y la propia norma lo dice "y sin perjuicio de su posible aporte posterior"
Pero vamos, que todo esto esta mucho mejor explicado en la resolución, y bajo mi punto de vista demasiadas vueltas le estamos dando. Hay una frase en la resolución que resume un poco el esperpento "Agarrarse a la remisión genérica del 33.8 RPC para irse al Anexo 1 de la Circular 1 y así poder justificar una alineación indebida en un partido de tanta trascendencia, supone pasar por encima de la doctrina de este CNA, de todos los criterios interpretativos del Ordenamiento Jurídico y de una Justicia Material que tiene que ser el santo y seña de todas nuestras actuaciones."
Pero vamos que Ordizia puede recurrir si quiere... pero no creo porque la resolución es dura con ellos y deja abierta una posible mala fe del denunciante a través del código civil que podría traerles consecuencias “la Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del
mismo. Todo acto u omisión que, por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso”
Re: Sanciones
Conclusión, que puedes no leer el talón de denuncia y luego si te quieren cobrar la multa no la pagas y le amenazas al que te la ha puesto por mala fe .... por muy pequeña que sea la falta ...
Que viva el vino!!!
Que viva el vino!!!
Re: Sanciones
Ardiles, vamos por buen camino.
Respecto a los emails de la FER requiriendo documentación, el presidente de Burgos reconoció en los medios "nosotros no reparamos en él”. Sin embargo, el CNAP dice que "No se acredita la recepción del correo electrónico". ¿Crees que el CNAP está diciendo lo mismo que el presidente de Burgos o que, por el contrario, ha ido muchísimo más allá, negando la recepción?.
Dices que el jugador no estaba suspendido, porque pudo jugar ¿Estás negando los dos emails de 24 de abril de 2026, en los que la RFER indica al Club que le suspenderá como A? ¿Estás negando que se le suspendió como A y que se le dejó jugar como C, porque la norma dice que “no podrá jugar como perteneciente a esa categoría” hasta presentar la documentación?.
De verdad, si tu argumento es repetir una frase sin sentido del CNAP, mejor di que no lo razonas.
Respecto a los emails de la FER requiriendo documentación, el presidente de Burgos reconoció en los medios "nosotros no reparamos en él”. Sin embargo, el CNAP dice que "No se acredita la recepción del correo electrónico". ¿Crees que el CNAP está diciendo lo mismo que el presidente de Burgos o que, por el contrario, ha ido muchísimo más allá, negando la recepción?.
Dices que el jugador no estaba suspendido, porque pudo jugar ¿Estás negando los dos emails de 24 de abril de 2026, en los que la RFER indica al Club que le suspenderá como A? ¿Estás negando que se le suspendió como A y que se le dejó jugar como C, porque la norma dice que “no podrá jugar como perteneciente a esa categoría” hasta presentar la documentación?.
De verdad, si tu argumento es repetir una frase sin sentido del CNAP, mejor di que no lo razonas.
Re: Sanciones
Por favor Ardiles, deja de decir barbaridades. Si Ordizia decide ir más allá le da la vuelta a esto, igual es que no interesa y eso demuestra que no quieren jugar tal y como decís vosotros. Y no digas que la resolución puede ser dura contra ellos, cuando sois vosotros los que habéis quebrantado la norma.m, y en ms federación lo han confirmado.Esto no hay por donde pillarlo. Un ridículo histórico, y mira, os tenia aprecio.
Re: Sanciones
Exacto. Es alineación indebida lo mires como lo mires si aplicas la norma. Y sino la aplicas hay prevaricación. La FER en estado puro. Esté quien esté. Valores los justosOrdenador escribió: ↑Vie, 22 May 2026, 13:58 Ardiles, vamos por buen camino.
Respecto a los emails de la FER requiriendo documentación, el presidente de Burgos reconoció en los medios "nosotros no reparamos en él”. Sin embargo, el CNAP dice que "No se acredita la recepción del correo electrónico". ¿Crees que el CNAP está diciendo lo mismo que el presidente de Burgos o que, por el contrario, ha ido muchísimo más allá, negando la recepción?.
Dices que el jugador no estaba suspendido, porque pudo jugar ¿Estás negando los dos emails de 24 de abril de 2026, en los que la RFER indica al Club que le suspenderá como A? ¿Estás negando que se le suspendió como A y que se le dejó jugar como C, porque la norma dice que “no podrá jugar como perteneciente a esa categoría” hasta presentar la documentación?.
De verdad, si tu argumento es repetir una frase sin sentido del CNAP, mejor di que no lo razonas.
Re: Sanciones
Ordenador:
Lo que dice el presidente de Burgos es la parte desde que se ve desde el club (el club no reparó en él), la segunda parte es que la RFER no acredita la recepción del correo electrónico. Son cosas diferentes, la RFER no lo ha acreditado.
Te lo repito, un email no es suficiente para suspender una licencia deportiva y menos en el mismo email que no has tenido respuesta a la petición de documentación. Es de cajón.
Creo que el CNAP esta bastante más capacitado que tu y que yo para juzgar esto. Podemos seguir eternamente
Fullback:
Puedes pensar que puedes darlo la vuelta, allá cada uno, yo pienso lo contrario. Es una pura opinión y para eso están los tribunales. En cuanto a la resolución solo hay que leer lo que pone el comité, yo interpreto que es un toque de atención, pero allá cada uno. Burgos no ha quebrantado una norma, ha incumplido un tramite administrativo y tendría que haber sido sancionado por ello según la gravedad del acto.
Cada uno el ridículo lo ve donde lo ve. Pedir alineación indebida porque Pablo Rascón no es A... y Ordizia me cae bien también y creo que jugaron muy bien el partido y hubieran podido ganar.
Lo que dice el presidente de Burgos es la parte desde que se ve desde el club (el club no reparó en él), la segunda parte es que la RFER no acredita la recepción del correo electrónico. Son cosas diferentes, la RFER no lo ha acreditado.
Te lo repito, un email no es suficiente para suspender una licencia deportiva y menos en el mismo email que no has tenido respuesta a la petición de documentación. Es de cajón.
Creo que el CNAP esta bastante más capacitado que tu y que yo para juzgar esto. Podemos seguir eternamente
Fullback:
Puedes pensar que puedes darlo la vuelta, allá cada uno, yo pienso lo contrario. Es una pura opinión y para eso están los tribunales. En cuanto a la resolución solo hay que leer lo que pone el comité, yo interpreto que es un toque de atención, pero allá cada uno. Burgos no ha quebrantado una norma, ha incumplido un tramite administrativo y tendría que haber sido sancionado por ello según la gravedad del acto.
Cada uno el ridículo lo ve donde lo ve. Pedir alineación indebida porque Pablo Rascón no es A... y Ordizia me cae bien también y creo que jugaron muy bien el partido y hubieran podido ganar.
Re: Sanciones
Pues me acaban de pasar el escrito de Ordizia donde se entiende claramente que su intención no es jugar, que es una chapuza organizativa y que hay que poner medios para no encontrarnos en la misma situación.
También me llega que hay más equipos dispuestos ir mas allá de la federación, que es donde hay que ir. Quizás Burgos gane la liga, pero esto puede ir muy lejos. La federación debe de aclarar muchas cosas para que todos tengan las mismas normas.
También me llega que hay más equipos dispuestos ir mas allá de la federación, que es donde hay que ir. Quizás Burgos gane la liga, pero esto puede ir muy lejos. La federación debe de aclarar muchas cosas para que todos tengan las mismas normas.
Re: Sanciones
Lo he leído y lo explica todo claramente(para el que quiera entenderlo claro).y si,pone las cartas encima de la.mesa.me parece una oportunidad de oro para empezar a avanzar de manera sería de una vez,con este tema en concreto,y en general con todo el asunto de normativas,interpretaciones de ellas etc etc...me parece un escrito muy bueno.OMAR escribió: ↑Vie, 22 May 2026, 16:08 Pues me acaban de pasar el escrito de Ordizia donde se entiende claramente que su intención no es jugar, que es una chapuza organizativa y que hay que poner medios para no encontrarnos en la misma situación.
También me llega que hay más equipos dispuestos ir mas allá de la federación, que es donde hay que ir. Quizás Burgos gane la liga, pero esto puede ir muy lejos. La federación debe de aclarar muchas cosas para que todos tengan las mismas normas.
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Re: Sanciones
Consultados nuestros servicios jurídicos, consideramos que por coherencia y
responsabilidad, era aconsejable denunciar la supuesta alineación indebida, puesto que
aunque no se atendiera nuestra petición, era la única forma de poner en evidencia que la
RFER no había modificado sus formas de actuar a pesar del expediente de 2024.
Reconocieron un error, pero no lo habían corregido…en dos años.
La denuncia se envió a la RFER el 12 de mayo, dejando claro que nuestra intención no
pasaba por ganar en los despachos lo perdido en el campo de juego, pero se hacia por
responsabilidad y con la esperanza de dar un aldabonazo. Le transmitimos directamente
esto mismo al presidente del Aparejadores Rugby Burgos en llamada telefónica realizada
justo antes de tramitar la denuncia.
Durante estos nueve días transcurridos entre el 12 de mayo hasta la fecha, el Ordizia
Rugby Elkartea se ha mantenido en silencio, haciendo caso omiso de todas las opiniones
infundadas e incluso insultantes que se han explayado en las redes sociales en torno a este
tema.
En este tiempo:
• El Comité Nacional de Disciplina Deportiva nos dio la razón (19/05/2026), acepto
como alineación indebida la realizada por el Burgos y le dio por perdido el partido
a nuestro contrincante.
• El Comité Nacional de Apelación aceptó (21/05/2026) las alegaciones del Burgos
y rechazó la decisión del CNDD, volviendo a dar como ganador del partido al
Aparejadores Rugby Burgos
Pero desde nuestro punto de vista esto no tiene mayor importancia. Lo verdaderamente
importante es lo que refleja este proceso. Unas formas de actuación y trabajo desde la
RFER que dejan mucho que desear y desde luego no están a la altura de una organización
que nos pide a los Clubs, profesionalidad y una actuación administrativa impoluta.
1) iSquad es un sistema que sigue sin dar seguridad jurídica a sus usuarios. No se
han corregido problemas que ya se evidenciaron hace más de dos años y sigue
permitiendo chapuzas como que se vayan modificando las actas firmadas a
voluntad de no sabemos quién. Creemos que esto demuestra dejación.
2) La RFER emite circulares y normas de obligado cumplimiento…que no se
cumplen y no ocurre nada. Si un Club incumple la norma de entrega de
documentación en uno de los controles aleatorios, la RFER debería suspender la
licencia de ese jugador y no hacer cambios de calificación y modificaciones en
iSquad. Lo dice expresamente el CNA en su resolución “…Cuando se suspende
la licencia de un jugador, éste no puede aparecer en el iSquad y menos con una
categoría que la RFER sabe que no le corresponde. Si la RFER hubiese
suspendido la licencia tal y como refleja su propia normativa nada de esto
hubiera ocurrido.” Resolución CNA Nº 33/25-26 (ORD. 218/25-26 CNDD), pág
Esto es, el Burgos incumple la norma, la RFER no hace lo que su propia normativa
refleja y consecuentemente, el infractor no sufre ninguna consecuencia. Creemos
que esto demuestra incompetencia.
3) Tanto la resolución del CNDD como la del CNA reflejan además otra chapuza
añadida. La actuación del Burgos en la tramitación de los datos que se le
solicitaron en el control aleatorio del 20 de abril es manifiestamente incorrecta.
No envían la documentación en el plazo establecido y, además, después de que la
RFER remitiera una notificación de la calificación como C del jugador analizado,
su delegado prepara una alineación que sobre el papel no cumple la
reglamentación. Estas actuaciones ni siquiera reciben castigo o sanción, ni grave
ni leve, nada. ¿Porqué?, pues porque la RFER sigue sin modificar la nueva versión
del Reglamento de Partidos y Competiciones que aprobó ¡en 2022!, en la cual se
equivocaron en la numeración de algunos artículos lo que hace que según sus
propias palabras “…Sin embargo, y como no puede ser de otro modo, y se ha
venido haciendo en otras resoluciones en tanto se aprueba la subsanación del
actual Reglamento de Partidos y Competiciones, solo cabe asumir la
fundamentación del TAD que considera que no son aplicables las sanciones de
los arts. 97 y 102 RPC.”. Acuerdos tomados por el Comité Nacional de Disciplina
Deportiva, 19/05/2026. Pág. 11.
Esto es, hace cuatro años que aprueban unas normas que impiden sancionar
actuaciones irregulares y ahí siguen. Creemos que esto demuestra
irresponsabilidad.
4) Toda esta situación crea precedentes que creemos deberían preocuparnos a todos.
El rigor normativo no puede aplicarse de forma arbitraria. Si el incumplimiento
de la normativa administrativa no tiene ninguna consecuencia se desvirtúa la
competición. Sostenemos firmemente que cualquier infracción reglamentaria en
una fase eliminatoria debe acarrear, al menos, un castigo administrativo. No
entramos a valorar cual debe ser este, pero dejar estos incumplimientos sin una
sanción real abre la puerta a la impunidad y sienta un precedente que no debería
volver a repetirse en nuestro rugby. Creemos que esto demuestra imprudencia.
Nos gustaría humildemente pedirle a la RFER que reflexione sobre el perjuicio que este
tipo de actuaciones tienen sobre la competición y sobre los equipos que participamos en
las mismas y las corrija. Nosotros al menos no creemos tener la obligación de andar
perdiendo el tiempo en este tipo de entuertos. Es su responsabilidad.
A todos los que han dado su opinión sobre las últimas actuaciones del Ordizia Rugby
Elkartea, sin ni siquiera preguntarnos, esperamos haberles aclarado algo sus dudas.
Al Alcobendas y al Burgos, desearles un buen y disputado partido y que gane el mejor.
Y a nuestros jugadores, técnicos, socios y seguidores, pedirles perdón por haberles
mantenido en vilo nueve días. Los socios que en la actualidad nos responsabilizamos de
dirigir el Club tenemos a veces que tomar decisiones que son difíciles de entender, pero
queremos aseguraros que siempre lo hacemos pensando en lo que creemos mejor para el Ordizia
responsabilidad, era aconsejable denunciar la supuesta alineación indebida, puesto que
aunque no se atendiera nuestra petición, era la única forma de poner en evidencia que la
RFER no había modificado sus formas de actuar a pesar del expediente de 2024.
Reconocieron un error, pero no lo habían corregido…en dos años.
La denuncia se envió a la RFER el 12 de mayo, dejando claro que nuestra intención no
pasaba por ganar en los despachos lo perdido en el campo de juego, pero se hacia por
responsabilidad y con la esperanza de dar un aldabonazo. Le transmitimos directamente
esto mismo al presidente del Aparejadores Rugby Burgos en llamada telefónica realizada
justo antes de tramitar la denuncia.
Durante estos nueve días transcurridos entre el 12 de mayo hasta la fecha, el Ordizia
Rugby Elkartea se ha mantenido en silencio, haciendo caso omiso de todas las opiniones
infundadas e incluso insultantes que se han explayado en las redes sociales en torno a este
tema.
En este tiempo:
• El Comité Nacional de Disciplina Deportiva nos dio la razón (19/05/2026), acepto
como alineación indebida la realizada por el Burgos y le dio por perdido el partido
a nuestro contrincante.
• El Comité Nacional de Apelación aceptó (21/05/2026) las alegaciones del Burgos
y rechazó la decisión del CNDD, volviendo a dar como ganador del partido al
Aparejadores Rugby Burgos
Pero desde nuestro punto de vista esto no tiene mayor importancia. Lo verdaderamente
importante es lo que refleja este proceso. Unas formas de actuación y trabajo desde la
RFER que dejan mucho que desear y desde luego no están a la altura de una organización
que nos pide a los Clubs, profesionalidad y una actuación administrativa impoluta.
1) iSquad es un sistema que sigue sin dar seguridad jurídica a sus usuarios. No se
han corregido problemas que ya se evidenciaron hace más de dos años y sigue
permitiendo chapuzas como que se vayan modificando las actas firmadas a
voluntad de no sabemos quién. Creemos que esto demuestra dejación.
2) La RFER emite circulares y normas de obligado cumplimiento…que no se
cumplen y no ocurre nada. Si un Club incumple la norma de entrega de
documentación en uno de los controles aleatorios, la RFER debería suspender la
licencia de ese jugador y no hacer cambios de calificación y modificaciones en
iSquad. Lo dice expresamente el CNA en su resolución “…Cuando se suspende
la licencia de un jugador, éste no puede aparecer en el iSquad y menos con una
categoría que la RFER sabe que no le corresponde. Si la RFER hubiese
suspendido la licencia tal y como refleja su propia normativa nada de esto
hubiera ocurrido.” Resolución CNA Nº 33/25-26 (ORD. 218/25-26 CNDD), pág
Esto es, el Burgos incumple la norma, la RFER no hace lo que su propia normativa
refleja y consecuentemente, el infractor no sufre ninguna consecuencia. Creemos
que esto demuestra incompetencia.
3) Tanto la resolución del CNDD como la del CNA reflejan además otra chapuza
añadida. La actuación del Burgos en la tramitación de los datos que se le
solicitaron en el control aleatorio del 20 de abril es manifiestamente incorrecta.
No envían la documentación en el plazo establecido y, además, después de que la
RFER remitiera una notificación de la calificación como C del jugador analizado,
su delegado prepara una alineación que sobre el papel no cumple la
reglamentación. Estas actuaciones ni siquiera reciben castigo o sanción, ni grave
ni leve, nada. ¿Porqué?, pues porque la RFER sigue sin modificar la nueva versión
del Reglamento de Partidos y Competiciones que aprobó ¡en 2022!, en la cual se
equivocaron en la numeración de algunos artículos lo que hace que según sus
propias palabras “…Sin embargo, y como no puede ser de otro modo, y se ha
venido haciendo en otras resoluciones en tanto se aprueba la subsanación del
actual Reglamento de Partidos y Competiciones, solo cabe asumir la
fundamentación del TAD que considera que no son aplicables las sanciones de
los arts. 97 y 102 RPC.”. Acuerdos tomados por el Comité Nacional de Disciplina
Deportiva, 19/05/2026. Pág. 11.
Esto es, hace cuatro años que aprueban unas normas que impiden sancionar
actuaciones irregulares y ahí siguen. Creemos que esto demuestra
irresponsabilidad.
4) Toda esta situación crea precedentes que creemos deberían preocuparnos a todos.
El rigor normativo no puede aplicarse de forma arbitraria. Si el incumplimiento
de la normativa administrativa no tiene ninguna consecuencia se desvirtúa la
competición. Sostenemos firmemente que cualquier infracción reglamentaria en
una fase eliminatoria debe acarrear, al menos, un castigo administrativo. No
entramos a valorar cual debe ser este, pero dejar estos incumplimientos sin una
sanción real abre la puerta a la impunidad y sienta un precedente que no debería
volver a repetirse en nuestro rugby. Creemos que esto demuestra imprudencia.
Nos gustaría humildemente pedirle a la RFER que reflexione sobre el perjuicio que este
tipo de actuaciones tienen sobre la competición y sobre los equipos que participamos en
las mismas y las corrija. Nosotros al menos no creemos tener la obligación de andar
perdiendo el tiempo en este tipo de entuertos. Es su responsabilidad.
A todos los que han dado su opinión sobre las últimas actuaciones del Ordizia Rugby
Elkartea, sin ni siquiera preguntarnos, esperamos haberles aclarado algo sus dudas.
Al Alcobendas y al Burgos, desearles un buen y disputado partido y que gane el mejor.
Y a nuestros jugadores, técnicos, socios y seguidores, pedirles perdón por haberles
mantenido en vilo nueve días. Los socios que en la actualidad nos responsabilizamos de
dirigir el Club tenemos a veces que tomar decisiones que son difíciles de entender, pero
queremos aseguraros que siempre lo hacemos pensando en lo que creemos mejor para el Ordizia
Re: Sanciones
Yo había leído el otro antes, acaba de leer esto y muy elegante.
Creo que esta todo dicho después por parte de Ordizia, veremos que pasa con el resto.
Otro nuevo escándalo que no ayuda nada para la limpieza del rugby español.
Creo que esta todo dicho después por parte de Ordizia, veremos que pasa con el resto.
Otro nuevo escándalo que no ayuda nada para la limpieza del rugby español.
Re: Sanciones
Creo que el comunicado deja muy claro a un club y a otro. Se nota quien quiere mejorar el rugby en España. Aparte acabo de ver el video provocador que acaba de subir a redes Burgos y es lamentable. Pero tienen impunidad.
Espero ver una bonitas semifinales.
Espero ver una bonitas semifinales.