Sanciones
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Re: Sanciones
Pero aquí, el argumento que plantea ordenador es que la lesión no se produce "en una jugada", sino tras/por un placaje sin balón. Y que el Reglamento tiene un apartado en que esta situación tendría cabida (En aquellas faltas que supongan una acción realmente grave para la seguridad de los jugadores o para la conducción y orden del juego, la expulsión será siempre definitiva. No se aplicará en estos casos la modalidad de "expulsión temporal")
Los Comités ya han recalificado decisiones arbitrales tras el análisis de las pruebas presentadas.
Los Comités ya han recalificado decisiones arbitrales tras el análisis de las pruebas presentadas.
Re: Sanciones
ManuR. escribió: ↑Vie, 09 Jun 2023, 23:40 Creo que lo que intentan explicarte es que el hecho de que se produzca una lesión no implica necesariamente que la acción pusiera en riesgo al jugador.
Hay muchas jugadas que acaban en lesión y nisiquiera son golpe de castigo. Igual que hay muchas graves para la seguridad que acaban en roja aunque no haya lesión.
Puedes dar más argumentos de por qué crees que es una acción grave para la seguridad, pero decir que se lesionó el jugador no es un argumento válido.
Dices que "el hecho de que se produzca una lesión no implica necesariamente que la acción pusiera en riesgo al jugador"...
En este caso hay una lesion y el riesgo se ha materializado por completo. Y la relación de causalidad es clara: se lesionó (le lesionaron, mejor dicho) porque un tío le reventó la rodilla sin balón. No se tropezó ni fue culpa del viento, ni es la típica mala suerte que pretende decir en Comité. Es que han ido a romperle. Pero el árbitro lo vio y lo valoró mal, pues ni siquiera detuvo el partido cuando lo vio.
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Re: Sanciones
Alguien sabe por qué razón no se ha publicado el acta del Comité de Disciplina de la semana pasada???
Al parecer hay una reclamación contra Alcobendas por alineación indebida en las Series Nacionales de Seven y sin embargo, una semana después, con la competición acabada y las copas entregadas, aún no se ha publicado dicho acta (que sería sólo la de la supuesta denuncia)
Será que hay mucho lío en estas fechas en las oficinas de Ferraz
Al parecer hay una reclamación contra Alcobendas por alineación indebida en las Series Nacionales de Seven y sin embargo, una semana después, con la competición acabada y las copas entregadas, aún no se ha publicado dicho acta (que sería sólo la de la supuesta denuncia)
Será que hay mucho lío en estas fechas en las oficinas de Ferraz
Re: Sanciones
Ya se ha publicado el acta del CNDD del 15 de junio: https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
En ella se incluye:
ÚNICO. – INCOAR Procedimiento Ordinario número ORD-217/22-23 al Club Alcobendas
Rugby, por la supuesta alineación indebida denunciada por el club CR Majadahonda (Falta Muy
Grave, arts. 34 y 102.c) RPC) y al Delegado del Club Alcobendas Rugby Luis Antonio
HERRAEZ, nº licencia 1229135, por incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo
34 del RPC, (Falta Muy Grave, arts. 97.1 a) y 106.b) RPC), en la 1ª Serie de las España Sevens
Series. Las partes pueden formular alegaciones y/o presentar pruebas antes de las 14,00 horas del día
20 de junio de 2023.
En ella se incluye:
ÚNICO. – INCOAR Procedimiento Ordinario número ORD-217/22-23 al Club Alcobendas
Rugby, por la supuesta alineación indebida denunciada por el club CR Majadahonda (Falta Muy
Grave, arts. 34 y 102.c) RPC) y al Delegado del Club Alcobendas Rugby Luis Antonio
HERRAEZ, nº licencia 1229135, por incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo
34 del RPC, (Falta Muy Grave, arts. 97.1 a) y 106.b) RPC), en la 1ª Serie de las España Sevens
Series. Las partes pueden formular alegaciones y/o presentar pruebas antes de las 14,00 horas del día
20 de junio de 2023.
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Re: Sanciones
Pues parece que hay alguien en la FER que lee este foro. Más vale tarde que nunca.rugbyfan escribió: ↑Jue, 22 Jun 2023, 09:05 Ya se ha publicado el acta del CNDD del 15 de junio: https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
En ella se incluye:
ÚNICO. – INCOAR Procedimiento Ordinario número ORD-217/22-23 al Club Alcobendas
Rugby, por la supuesta alineación indebida denunciada por el club CR Majadahonda (Falta Muy
Grave, arts. 34 y 102.c) RPC) y al Delegado del Club Alcobendas Rugby Luis Antonio
HERRAEZ, nº licencia 1229135, por incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo
34 del RPC, (Falta Muy Grave, arts. 97.1 a) y 106.b) RPC), en la 1ª Serie de las España Sevens
Series. Las partes pueden formular alegaciones y/o presentar pruebas antes de las 14,00 horas del día
20 de junio de 2023.
Re: Sanciones
Acuerdos adoptados en reunión de 11 y 15 de junio de 2023.
Sanción de cuatro partidos por decirle al árbitro (sic) ¿ vergüenza de federación y vergüenza de árbitro, te lo digo a la cara?. Falta grave.
Sanción de dos partidos (ya había sido expulsada con tarjeta roja), por placaje alto sobre otra jugadora que no pudo seguir jugando. Falta leve
Sancionar doblemente a un Club (INTER RC), cuyo médico llegó tarde a un encuentro, y se consideró que no había asistido al encuentro por no tener licencia federativa (150 € +350 €). Desde mi punto de vista es muy discutible la sanción doble. Si la FER considera que un médico sin licencia implica "falta de médico" (que ya es discutible), parece difícil sancionarle también por llegar tarde, pues por coherencia nunca ha asistido.
Incoar procedimiento contra Alcobendas y a un delegado por alineación indebida. La denuncia del Club CR Majadahonda se fundamenta en que el Club Alcobendas Rugby habría alineado indebidamente a 15 jugadores diferentes durante una misma serie de SEVEN, aportando las actas de los partidos jugados por este club.
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
Acuerdo del Comité de Apelación de 23 de mayo de 2023.
La normativa de DHF exige que "el médico que firme el acta como médico del partido deberá estar en posesión del nivel 2 de World Rugby, y de licencia". Un Club fue sancionado por "falta de médico" porque la médico tenía licencia pero no el curso, y el Comité de Apelación quitó la sanción, afirmando que aunque la médico no tenía el curso, sí lo tenía un compañero suyo (del que no se aclara si tiene o no licencia federativa).
Sanción de cuatro partidos por decirle al árbitro (sic) ¿ vergüenza de federación y vergüenza de árbitro, te lo digo a la cara?. Falta grave.
Sanción de dos partidos (ya había sido expulsada con tarjeta roja), por placaje alto sobre otra jugadora que no pudo seguir jugando. Falta leve
Sancionar doblemente a un Club (INTER RC), cuyo médico llegó tarde a un encuentro, y se consideró que no había asistido al encuentro por no tener licencia federativa (150 € +350 €). Desde mi punto de vista es muy discutible la sanción doble. Si la FER considera que un médico sin licencia implica "falta de médico" (que ya es discutible), parece difícil sancionarle también por llegar tarde, pues por coherencia nunca ha asistido.
Incoar procedimiento contra Alcobendas y a un delegado por alineación indebida. La denuncia del Club CR Majadahonda se fundamenta en que el Club Alcobendas Rugby habría alineado indebidamente a 15 jugadores diferentes durante una misma serie de SEVEN, aportando las actas de los partidos jugados por este club.
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
Acuerdo del Comité de Apelación de 23 de mayo de 2023.
La normativa de DHF exige que "el médico que firme el acta como médico del partido deberá estar en posesión del nivel 2 de World Rugby, y de licencia". Un Club fue sancionado por "falta de médico" porque la médico tenía licencia pero no el curso, y el Comité de Apelación quitó la sanción, afirmando que aunque la médico no tenía el curso, sí lo tenía un compañero suyo (del que no se aclara si tiene o no licencia federativa).
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Re: Sanciones
Ordenador escribió: Acuerdos adoptados en reunión de 11 y 15 de junio de 2023.
Sanción de cuatro partidos por decirle al árbitro (sic) ¿ vergüenza de federación y vergüenza de árbitro, te lo digo a la cara?. Falta grave.
...por decirle al árbitro finalizado el partido, según pone en el acta del partido.
¿Hasta cuándo, me refiero en el ámbito temporal, dura la potestad sancionadora del árbitro en un partido?
Quiero decir, pitado el final, ¿hasta qué momento una ofensa al árbitro es sancionable? (digo ofensa porque me resulta difícil calificar como insulto o agresión verbal lo que se ha sancionado como falta grave)
Sanción de dos partidos (ya había sido expulsada con tarjeta roja), por placaje alto sobre otra jugadora que no pudo seguir jugando. Falta leve
Sancionar doblemente a un Club (INTER RC), cuyo médico llegó tarde a un encuentro, y se consideró que no había asistido al encuentro por no tener licencia federativa (150 € +350 €). Desde mi punto de vista es muy discutible la sanción doble. Si la FER considera que un médico sin licencia implica "falta de médico" (que ya es discutible), parece difícil sancionarle también por llegar tarde, pues por coherencia nunca ha asistido.
Incoar procedimiento contra Alcobendas y a un delegado por alineación indebida. La denuncia del Club CR Majadahonda se fundamenta en que el Club Alcobendas Rugby habría alineado indebidamente a 15 jugadores diferentes durante una misma serie de SEVEN, aportando las actas de los partidos jugados por este club.
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
Acuerdo del Comité de Apelación de 23 de mayo de 2023.
La normativa de DHF exige que "el médico que firme el acta como médico del partido deberá estar en posesión del nivel 2 de World Rugby, y de licencia". Un Club fue sancionado por "falta de médico" porque la médico tenía licencia pero no el curso, y el Comité de Apelación quitó la sanción, afirmando que aunque la médico no tenía el curso, sí lo tenía un compañero suyo (del que no se aclara si tiene o no licencia federativa).
Lo de la falta o no de médico por no tener licencia federativa y/o curso nivel 2 de WR está resultando terreno resbaladizo....
Re: Sanciones
De acuerdo con el art. 94, se sancionan las infracciones que sucedan en el interior del recinto deportivo o instalaciones anejas en el que se celebre el encuentro, con ocasión del mismo, aunque sea de forma previa o posterior a este.
Sobre los médicos:
La circular de DH y DHF exige que el médico del encuentro tenga licencia federativa y cursos WR.
Sin embargo, la norma de S23 no exige necesariamente licencia.
A pesar de las exigencias formales de DH, DHF y S23 ¿qué castiga el reglamento? la "falta de médico".
Sobre los médicos:
La circular de DH y DHF exige que el médico del encuentro tenga licencia federativa y cursos WR.
Sin embargo, la norma de S23 no exige necesariamente licencia.
A pesar de las exigencias formales de DH, DHF y S23 ¿qué castiga el reglamento? la "falta de médico".
Re: Sanciones
Exigirle a un médico colegiado que haga un curso de primeros auxilios pagando y queOrdenador escribió: ↑Jue, 22 Jun 2023, 12:24 De acuerdo con el art. 94, se sancionan las infracciones que sucedan en el interior del recinto deportivo o instalaciones anejas en el que se celebre el encuentro, con ocasión del mismo, aunque sea de forma previa o posterior a este.
Sobre los médicos:
La circular de DH y DHF exige que el médico del encuentro tenga licencia federativa y cursos WR.
Sin embargo, la norma de S23 no exige necesariamente licencia.
A pesar de las exigencias formales de DH, DHF y S23 ¿qué castiga el reglamento? la "falta de médico".
parte es presencial, obligando a que deje su curro unos días, tal vez unos días?
Años de carrera, MIR, y demás no deben servir de mucho.
Que está bien, que esas cosas se olvidan, pero no así.
Desde luego que el médico debe estar en los partidos...pero
¿Sabe lo FER lo cuesta encontrar un médico dentro de los clubes dispuesto a colaborar?
Ponlo fácil, por favor..
La salud y el bienestar de los jugadores tiene precio.
Castiga la falta del curso..porque médico hay..
Re: Sanciones
Harpo, estoy de acuerdo contigo a medias. Lo de los cursos y demás es muy discutible por las razones que das. Lo de tener ficha es una manera de tener identificado al médico y poder sancionarle si incurre en alguna falta, esto es solo administrativo.
Lo de que haya médico en partidos de nacional es obvio. Actualmente es fácil encontrar médicos con ficha que van con el pack de ambulancia (en Madrid hay varias empresas de ambulancias que te dan el servicio completo). Que cuesta dinero, pues sí, pero si quieres estar en nacional hay una serie de gastos que tienes que ser capaz de afrontar, y en este caso creo que son gastos aprovechados en salud y cuidado de los jugadores.
Lo de que haya médico en partidos de nacional es obvio. Actualmente es fácil encontrar médicos con ficha que van con el pack de ambulancia (en Madrid hay varias empresas de ambulancias que te dan el servicio completo). Que cuesta dinero, pues sí, pero si quieres estar en nacional hay una serie de gastos que tienes que ser capaz de afrontar, y en este caso creo que son gastos aprovechados en salud y cuidado de los jugadores.
Re: Sanciones
Pues vaya lío, ¿no? Si sancionan a Alcobendas por otra alineación indebida igual se desmonta el trampantojo legal que están intentando montar para perdonarle las multas que le impusieron en septiembre y que aún no han pagado porque, reglamentariamente, una nueva sanción anula los beneficios de la redención. ¿Les sancionarán? Habrá que verlo.Fuenteovejuna escribió: ↑Jue, 22 Jun 2023, 09:39Pues parece que hay alguien en la FER que lee este foro. Más vale tarde que nunca.rugbyfan escribió: ↑Jue, 22 Jun 2023, 09:05 Ya se ha publicado el acta del CNDD del 15 de junio: https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
En ella se incluye:
ÚNICO. – INCOAR Procedimiento Ordinario número ORD-217/22-23 al Club Alcobendas
Rugby, por la supuesta alineación indebida denunciada por el club CR Majadahonda (Falta Muy
Grave, arts. 34 y 102.c) RPC) y al Delegado del Club Alcobendas Rugby Luis Antonio
HERRAEZ, nº licencia 1229135, por incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo
34 del RPC, (Falta Muy Grave, arts. 97.1 a) y 106.b) RPC), en la 1ª Serie de las España Sevens
Series. Las partes pueden formular alegaciones y/o presentar pruebas antes de las 14,00 horas del día
20 de junio de 2023.
Re: Sanciones
Esta vez la culpa va a ser del árbitro:Fast escribió: ↑Sab, 24 Jun 2023, 10:47 Pues vaya lío, ¿no? Si sancionan a Alcobendas por otra alineación indebida igual se desmonta el trampantojo legal que están intentando montar para perdonarle las multas que le impusieron en septiembre y que aún no han pagado porque, reglamentariamente, una nueva sanción anula los beneficios de la redención. ¿Les sancionarán? Habrá que verlo.
rugbyfan escribió: ↑Vie, 23 Jun 2023, 08:42 Como a nadie se le ocurriría, y menos a Alcobendas, incumplir lo que dice la circular https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... 2023-2.pdf : "El original de dicho documento debe ser presentado una hora antes del comienzo del primer partido de la Competición. Dicho documento no podrá ser modificado durante la misma", puede que Alcobendas alegue que consultó al árbitro, que fue quien autorizó la participación de sus nuevos jugadores y quien incumplió la normativa: "El árbitro no permitirá que sean alineados aquellos jugadores que no figuren en la relación de jugadores previamente facilitada por cada uno de los Clubes participantes en el control inicial de la Competición"
Re: Sanciones
Ya hay resolución del CNDD de 29 de junio. No veo que hayan resuelto lo de Alcobendas, pero puede ser que se les haya ido la mano al tachar datos de la resolución (ironía ON).
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
Re: Sanciones
Es bastante extraño que no se hayan pronunciado ni tengan resolución.Ordenador escribió: ↑Vie, 30 Jun 2023, 13:33 Ya hay resolución del CNDD de 29 de junio. No veo que hayan resuelto lo de Alcobendas, pero puede ser que se les haya ido la mano al tachar datos de la resolución (ironía ON).
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... o-2023.pdf
Re: Sanciones
Alcobendas ya empieza a cumplir la redención de la sanción económica ....
https://twitter.com/Blog_APalos/status/ ... 2k0mQ&s=08
Eso sí es un castigo ejemplar.
Cuántos clubs estarán deseando que les castiguen así
https://twitter.com/Blog_APalos/status/ ... 2k0mQ&s=08
Eso sí es un castigo ejemplar.
Cuántos clubs estarán deseando que les castiguen así
Re: Sanciones
Pues sí que el CNDD tiene un buen marrón. Por un lado, según el Reglamento de Partidos y Competiciones:Fast escribió: ↑Sab, 24 Jun 2023, 10:47 Pues vaya lío, ¿no? Si sancionan a Alcobendas por otra alineación indebida igual se desmonta el trampantojo legal que están intentando montar para perdonarle las multas que le impusieron en septiembre y que aún no han pagado porque, reglamentariamente, una nueva sanción anula los beneficios de la redención. ¿Les sancionarán? Habrá que verlo.
Artículo 83. Sanciones durante la redención
Cualquier tipo de sanción, grave o muy grave, durante el período de redención de pena, anulará los posibles beneficios que la actividad implique.
Y por otro lado:
Artículo 34. Alineación indebida
...
Además de las consecuencias previstas en el presente artículo, los responsables de la alineación indebida estarán sujetos a las sanciones previstas en este Reglamento, siendo esta considerada infracción muy grave.
No me extraña la tardanza en resolver.
Re: Sanciones
No les va a pasar nada! Todo el circo montado para que no pagaran al año subieran con sus fichajes y ahora esta alineación indebida y para más inri les dan como “castigo” el partido de España vs Japón. Quien decide todo esto no se sonroja de reírse de todo el rugby español?!
Re: Sanciones
Está claro que desconoces el “pelotazo” que supone para el organizador, un evento de rugby femenino en España... si con el masculino está difícil sacarle algo significativo, con el femenino nadas en la abundancia.Partuqui escribió: ↑Sab, 01 Jul 2023, 20:09 No les va a pasar nada! Todo el circo montado para que no pagaran al año subieran con sus fichajes y ahora esta alineación indebida y para más inri les dan como “castigo” el partido de España vs Japón. Quien decide todo esto no se sonroja de reírse de todo el rugby español?!
Probablemente habría cientos de candidatos a organizarlo, en cuyo caso retiro lo dicho... modo irónico
Re: Sanciones
Pues fíjate tú que no he visto las bases para poder organizarlo en ningún sitio publicadas ....Evaristo escribió: ↑Dom, 02 Jul 2023, 13:01Está claro que desconoces el “pelotazo” que supone para el organizador, un evento de rugby femenino en España... si con el masculino está difícil sacarle algo significativo, con el femenino nadas en la abundancia.Partuqui escribió: ↑Sab, 01 Jul 2023, 20:09 No les va a pasar nada! Todo el circo montado para que no pagaran al año subieran con sus fichajes y ahora esta alineación indebida y para más inri les dan como “castigo” el partido de España vs Japón. Quien decide todo esto no se sonroja de reírse de todo el rugby español?!
Probablemente habría cientos de candidatos a organizarlo, en cuyo caso retiro lo dicho... modo irónico
Quizás sabiendo las condiciones iniciales podría valorarse el esfuerzo de los clubs o federaciones para organizarlos; y ya de paso, saber cual ha sido el esfuerzo de Alcobendas ....
Venga, que ya va siendo hora de decir las cosas claras ...
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Re: Sanciones
Pues si no las bases no se han publicado para que todo el mundo pudiera optar, coincido contigo en que es un fallo de la FER que merece una explicación.Basurde escribió: ↑Dom, 02 Jul 2023, 14:49Pues fíjate tú que no he visto las bases para poder organizarlo en ningún sitio publicadas ....Evaristo escribió: ↑Dom, 02 Jul 2023, 13:01Está claro que desconoces el “pelotazo” que supone para el organizador, un evento de rugby femenino en España... si con el masculino está difícil sacarle algo significativo, con el femenino nadas en la abundancia.Partuqui escribió: ↑Sab, 01 Jul 2023, 20:09 No les va a pasar nada! Todo el circo montado para que no pagaran al año subieran con sus fichajes y ahora esta alineación indebida y para más inri les dan como “castigo” el partido de España vs Japón. Quien decide todo esto no se sonroja de reírse de todo el rugby español?!
Probablemente habría cientos de candidatos a organizarlo, en cuyo caso retiro lo dicho... modo irónico
Quizás sabiendo las condiciones iniciales podría valorarse el esfuerzo de los clubs o federaciones para organizarlos; y ya de paso, saber cual ha sido el esfuerzo de Alcobendas ....
Venga, que ya va siendo hora de decir las cosas claras ...
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Re: Sanciones
Y en base a qué les dejan sin aplicar la sanción económica y la del delegado y si les aplican la pérdida de puntos???Errol escribió: ↑Vie, 07 Jul 2023, 08:50 Este tuit de Rodrigo Contreras:
https://twitter.com/RContrerasFM/status ... 2473527296
Si hay alineación indebida, serán aplicables todas las sanciones, no???
A ver si se publica todo el acta y podemos conocer los razonamientos del Comité
Re: Sanciones
Alcobendas en su recurso nunca ha negado el error en la alineación y sus consecuencias deportivas. Solo ha recurrido la sanción económica y la del delegado.Fuenteovejuna escribió: ↑Vie, 07 Jul 2023, 09:36Y en base a qué les dejan sin aplicar la sanción económica y la del delegado y si les aplican la pérdida de puntos???Errol escribió: ↑Vie, 07 Jul 2023, 08:50 Este tuit de Rodrigo Contreras:
https://twitter.com/RContrerasFM/status ... 2473527296
Si hay alineación indebida, serán aplicables todas las sanciones, no???
A ver si se publica todo el acta y podemos conocer los razonamientos del Comité
La FER ha aceptado el recurso porque la sanción no está tipificada en el RPC, como aceptó el TAD en el caso Cisneros - Barça, y en esta jurisprudencia se ha apoyado Alcobendas en su recurso y el CND en su resolución
Los artículos 97 y 102 dicen, respectivamente, que las sanciones al delegado y al club, son por alineación indebida según el artículo 33 del RPC
Este artículo 33 se refiere a los requisitos esenciales para que un jugador pueda competir.
El error está en el reglamento, ya que en la modificación de julio de 2022 se incluyó un artículo nuevo entre los primeros artículos, y el antiguo artículo 33 pasó a ser el 34, pero en el Título Tercero del RPC (Régimen Disciplinario) no se modificaron las referencias a los artículos anteriores.
El artículo 34 es el que regula las alineaciones indebidas, y en este mismo artículo se indican las consecuencias deportivas de estas alineaciones deportivas.
En ningún otro artículo del RPC se indican sanciones disciplinarias por incumplimiento del artículo 34.
Última edición por alcasa el Vie, 07 Jul 2023, 12:06, editado 1 vez en total.
Re: Sanciones
Creo que es bueno comparar la resolución de Alcobendas con otras
En el caso de Alcobendas, el CNDD ha "declarado" que ha existido alineación indebida, y dice que la consecuencia de esa declaración es la pérdida de dos encuentros (21-0), y la retirada de dos puntos por encuentro. Por otra parte, el CNDD dice que NO corresponde sancionar con multa a Alcobendas, ni al Delegado.
Más o menos, esto mismo sucedió con otro Club (C.R. EL TORO, el 12 de abril de 2023), que también sufrió la detracción de puntos por haber incurrido en alineación indebida, sin sancionarse al Club con multa, ni al delegado.
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... 23_WEB.pdf
¿Qué diferencia hay entre las dos resoluciones?
En la resolución de C.R. EL TORO se dice que la detracción de puntos es en sí misma una sanción (mirad la parte final, cuando dice SANCIONAR..)., y en la parte final de la resolución de Alcobendas no se dice que esto sea una sanción. Desconozco el resto de la resolución de Alcobendas, y desconozco si la afición de Alcobendas intentará asirse al argumento de que no hay "sanción", pero el art. 34 dice claramente que es una sanción.
¿Por qué motivo en las dos resoluciones no se sanciona al Club económicamente, ni se sanciona al Delegado?
Puede ser porque el TAD (en marzo), dijo que el reglamento federativo de 23 de junio de 2022 (que no es responsabilidad de la actual FER) está mal. Y está mal porque en su momento se desplazó un artículo y con ello el significado jurídico de otros, quedando en el limbo algunas sanciones. De esa forma, aunque se pueden quitar puntos por alineación indebida, no se sanciona económicamente al Club ni al delegado.
¿Se ha podido modificar el Reglamento desde junio de 2022 hasta ahora?
Modificar un reglamento no es nada sencillo, pero creo que Contreras o cualquier periodista se lo podría preguntar a la FER. Aprovechando el viaje, podrían preguntarle a la FER cuando han empezado y finalizado las actividades de redención, y si la detracción de puntos (si se interpreta como sanción) tendrá alguna consecuencia en la redención.
En el caso de Alcobendas, el CNDD ha "declarado" que ha existido alineación indebida, y dice que la consecuencia de esa declaración es la pérdida de dos encuentros (21-0), y la retirada de dos puntos por encuentro. Por otra parte, el CNDD dice que NO corresponde sancionar con multa a Alcobendas, ni al Delegado.
Más o menos, esto mismo sucedió con otro Club (C.R. EL TORO, el 12 de abril de 2023), que también sufrió la detracción de puntos por haber incurrido en alineación indebida, sin sancionarse al Club con multa, ni al delegado.
https://ferugby.es/wp-content/uploads/2 ... 23_WEB.pdf
¿Qué diferencia hay entre las dos resoluciones?
En la resolución de C.R. EL TORO se dice que la detracción de puntos es en sí misma una sanción (mirad la parte final, cuando dice SANCIONAR..)., y en la parte final de la resolución de Alcobendas no se dice que esto sea una sanción. Desconozco el resto de la resolución de Alcobendas, y desconozco si la afición de Alcobendas intentará asirse al argumento de que no hay "sanción", pero el art. 34 dice claramente que es una sanción.
¿Por qué motivo en las dos resoluciones no se sanciona al Club económicamente, ni se sanciona al Delegado?
Puede ser porque el TAD (en marzo), dijo que el reglamento federativo de 23 de junio de 2022 (que no es responsabilidad de la actual FER) está mal. Y está mal porque en su momento se desplazó un artículo y con ello el significado jurídico de otros, quedando en el limbo algunas sanciones. De esa forma, aunque se pueden quitar puntos por alineación indebida, no se sanciona económicamente al Club ni al delegado.
¿Se ha podido modificar el Reglamento desde junio de 2022 hasta ahora?
Modificar un reglamento no es nada sencillo, pero creo que Contreras o cualquier periodista se lo podría preguntar a la FER. Aprovechando el viaje, podrían preguntarle a la FER cuando han empezado y finalizado las actividades de redención, y si la detracción de puntos (si se interpreta como sanción) tendrá alguna consecuencia en la redención.
Última edición por Ordenador el Vie, 07 Jul 2023, 14:18, editado 2 veces en total.
Re: Sanciones
Alcasa, el problema para Alcobendas es que el artículo 34 no regula solo consecuencias deportivas, sin más. El artículo 34 dice que esas consecuencias deportivas (la detracción de puntos y cambios de resultados) son sanciones. Y si son sanciones, podría entrar en juego el art. 83 RPC, si la sanción se ha cometido dentro del periodo de redención de la pena